Solicitud de adaptación de pruebas

Solicitud de adaptación de pruebas

  • Se podrá autorizar excepcionalmente la exención total o parcial de alguna parte de la prueba, o su sustitución por otra más adecuada, cuando el alumno o alumna tenga problemas graves de audición, visión, motricidad u otros que se determinen. Dicha exención no condicionará la superación del curso ni la obtención de las titulaciones correspondientes, aunque se hará constar de forma expresa.
  • A tal efecto, el alumno o alumna, o, en su caso, sus padres o representantes legales, podrán pedir la citada exención hasta el 31 de marzo, mediante solicitud razonada dirigida al órgano competente en materia de ordenación académica, acompañada de certificación del grado de minusvalía y cuantos informes consideren oportunos para apoyar su solicitud, y aportará en el mismo plazo una copia de la solicitud a la Dirección del centro (Instancia Expone - Solicita).
  • El citado órgano competente, tras solicitar los informes técnicos oportunos, resolverá mediante comunicación al interesado y al centro en el plazo de un mes desde la recepción de la solicitud. En caso de ser admitida, comunicará al centro, la parte o el tipo de tarea objeto de la exención o sustitución y, cuando así proceda, instrucciones para garantizar al alumno la igualdad de oportunidades en la realización del resto de las partes.
Última modificación: 
03/09/2023 - 13:44